El 16
de abril (2019) el Presidente Andrés Manuel López Obrador actuando “…con base
en las facultades que me confiere el cargo que detento(Sic)” expidió el memorándum
sin número de folio, dirigido a la ex ministra de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, actualmente ministra en retiro, ex consejera de Banorte, ex
Notaria Pública y Secretaria de Gobernación en activo; al ex Secretario de
Gobernación y ex Secretario de Desarrollo Social durante el gobierno del
Presidente Ernesto Zedillo y posteriormente empleado de Televisión Azteca y de
su fundación, ahora Secretario de Educación Pública; y por último al Secretario
de Hacienda y Crédito Público con un amplísimo curriculum en chambas de segundo
nivel, Carlos Manuel Urzúa Macías.
La
parte central consiste en darles lineamientos, en tanto se reforma la
constitución y las leyes necesarias o incluso subrogarlas, consistentes y que
consisten en:
Dejarán sin efecto:“… todas las medidas en que se haya traducido la aplicación de la llamada reforma educativa (sic)”“La Secretaría de Gobernación realizará las diligencias y acciones para poner en libertad a la brevedad a maestros y luchadores sociales que todavía se encuentren en prisión por haberse opuesto a la susodicha reforma o por haber participado en otras causas sociales justas, así como a retirar imputaciones legales formuladas por instancias del gobierno federal para castigar activismos pacíficos en lo político, social, laboral, ambiental, agrario y de defensa del territorio. De igual modo, deberá indemnizar a familiares de quienes perdieron la vida por la política autoritaria que prevaleció en los gobiernos anteriores.”
Este memorándum
ha llamado la atención pues a pesar de que el Presidente dice fundarlo en las “facultades
del cargo que detento” no tiene ninguna facultad para dictar “lineamientos” a
los altos funcionarios a efecto de desacatar ninguna ley, ni las normas
constitucionales, ni leyes de la “llamada reforma educativa” y tampoco están
facultados para obedecer semejantes lineamientos los funcionarios instados a
ello.
El
mandato a la Secretaria de Gobernación es igualmente ilegal, pues la única
autoridad facultada para “ (…) realizar(á) las diligencias y acciones para
poner en libertad a la brevedad a maestros y luchadores sociales que todavía se
encuentren en prisión por haberse opuesto a la susodicha reforma o por haber
participado en otras causas sociales justas”, es necesario que el Congreso
emita una Ley de Indulto para el caso que refiere.
Es
exactamente el mismo caso en cuanto a otro aspecto indultatorio del memorándum de
nuestro Solón criollo: “o por haber participado en otras causas sociales justas”,
lo cual queda en la incertidumbre, pues en ninguna ley, ni ninguna
jurisprudencia ha definido el concepto de Justicia y si lo ha hecho, cosa que
me parece imposible, no sería para los efectos a que se refiere el Presidente
de México. La “Justicia” tampoco es una excluyente de responsabilidad.
Por
otra parte la Secretaría de Gobernación tampoco puede “(…) retirar imputaciones
legales formuladas por instancias del gobierno federal para castigar activismos
pacíficos en lo político, social, laboral, ambiental, agrario y de defensa del
territorio.” pues esa es una facultad exclusiva de la “autónoma” Fiscalía General
de la República y no la Secretaría de Gobernación.
En
las redes sociales, este “memorándum” fue ampliamente repudiado, pero al
preguntar directamente al Presidente, este recurrió a una variante de la frase,
creada por el gran procesalista uruguayo Eduardo J. Couture, que entre los
mandamientos del abogado -noveno mandamiento-, pero que los posteriores
revisores de su libro de Derecho Procesal, lo cambiaron por otro, en todo caso
Couture escribió originalmente "Procura la justicia: Tu deber es luchar
por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la
justicia, lucha por la justicia."
Ante
la ola de críticas, primero nuestro presidente fijó claramente su postura
diciendo que los que no estuvieran conformes podrían acudir a la defensa legal
que quisieran, para eso México ahora es un país de leyes. Acto posterior y al
finalizar la Conferencia matutina del 17 de abril, ante las reiteradas
preguntas sobre el tema, López Obrador sentenció: “La justicia está por encima
de todo, la justicia. Si hay que optar entre la ley y la justicia, no lo
piensen mucho, decidan en favor de la justicia.”.
De
nueva cuenta esta respuesta, cambió el debate, pues ahora este consistió en la
validez de semejante afirmación y como es normal la opinión pública se dividió
entre quienes consideran que se debe optar por la Justicia, en lugar de hacerlo
por el Derecho y claro la otra parte de la sociedad consideró que en un estado
de derecho se debe optar por el Derecho que es preciso y claro en lugar de la
Justicia que puede ser relativa.
Con
esto el asunto quedó saldado, entre dos posiciones en contrario, y no creo que
haya razón por buena que sea que haga cambiar de opinión a nuestro inconmovible
jefe de Estado. No obstante, quiero agregar el otro aspecto del asunto que
quedó olvidado, y es el asunto de la legalidad con la que deben actuar los funcionarios públicos, incluyendo al Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos, como uno más entre todos los existentes.
Ese
principio fundamental consiste en que dicho “memorándum” violenta el “Principio
de Reserva de Ley” – una variante del “Principio de Legalidad”- se presenta
cuando una norma constitucional reserva expresamente a una ley la regulación de
una determinada materia, por lo que excluye la posibilidad de que los aspectos
de esa reserva sean regulados por disposiciones de naturaleza distinta a la Ley,
que en el caso que se trata, todos los aspectos del memorándum competen a leyes
como la “llamada reforma laboral”, los códigos penales y las leyes de indulto,
pero en ningún caso esas leyes facultan al Presidente de México a emitir los “lineamientos”
a que se contrae el documento firmado el 16 de abril.
Aun
los privilegios que quisiera conceder, deben estar fundados en alguna ley y no
en el capricho de un gobernante.
Por Antonio
Limón López